SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1229/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1229/2003-R

Fecha: 26-Ago-2003

II.4.

II.4.    El Juez de Partido Mixto de Tomina y Belisario Boeto, mediante Auto  de 30 de noviembre de 2002 (fs. 16), confirmó totalmente la Resolución apelada, con el fundamento de que por  imperio de la Ley 1602 no puede compelerse a cumplir una obligación patrimonial  a través del apremio corporal. Con esta decisión se notificó al recurrente en 3 de diciembre de 2002 (fs. 98).