SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1239/2003 - R
Fecha: 26-Ago-2003
I.2.1
Mediante su abogado, la recurrente ratificó los fundamentos de su demanda y los amplió indicando que en primera instancia el co-ejecutado asumió defensa y se apersonó al proceso, ocultándole la existencia del mismo para no entorpecer las relaciones conyugales que mantenían, que en las notificaciones realizadas al co-ejecutado también se la consignaba, pero ella recién se enteró en octubre de 2002, cuando el inmueble ya había sido adjudicado. Que los incidentes que ha planteado han sido rechazados por el recurrido con el argumento de que son los mismos presentados por el co-ejecutado, lo que ha dado lugar a que apele de dichas determinaciones, pero la procedencia de dichos recursos no ha sido establecida en los términos previstos por ley, pero se ha dado lugar al desapoderamiento, dado que pese a que se proveyeron los recaudos de ley no han sido concedidos en los plazos legales, no existiendo otro recurso para la protección inmediata de sus derechos. Finaliza indicando que la nulidad de obrados sea dispuesta hasta el vicio más antiguo y que se determinen los posibles daños y perjuicios.