SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1255/2003-R
Fecha: 28-Ago-2003
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En el escrito presentado el 17 de junio de 2003 (fs. 281 a 283), el recurrente asevera que, dentro de la querella presentada por Marcelo Álvarez Prudencio a nombre de “Warrant Mercantil” S.A. contra su representado y otras personas, por la supuesta comisión de los delitos de estafa y otros, Juan Pablo Navarro Wieler, sin reconocer la competencia de las autoridades judiciales en materia penal solicitó la declinatoria de las mismas, arguyendo que se pretende penalizar el cumplimiento de contratos eminentemente civiles y comerciales. Dicha declinatoria, en 12 de marzo de este año, fue admitida por el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal reconociendo que el proceso se origina en el cumplimiento de contratos suscritos entre la citada empresa y “Molinera Río Grande” S.A.
Relata que el querellante formuló apelación contra la referida decisión, sin la fundamentación de agravios, “requisito esencial sin el cual resulta inadmisible el recurso por falta de requisitos formales”, radicando la alzada ante la Sala Penal Segunda, donde, el 8 de mayo, se efectuó un ilegal sorteo del expediente, pues no intervino la Presidenta de la misma, y recayó en el Vocal Edgar Molina la responsabilidad de ser Relator.
Indica que el 9 de mayo, en una incorrecta interpretación de las normas del Código de procedimiento penal (CPP), los recurridos dictaron Auto de Vista en el que revocaron la declinatoria, siendo esa resolución nula e ilegal puesto que pretende la persecución penal por incumplimiento de contratos civiles, con el errado fundamento de que deben investigarse las posibles conductas delictivas.