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    AUTO CONSTITUCIONAL 27/2003-CDP
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 27/2003-CDP

    Fecha: 12-Sep-2003

    III.2

    III.2      En la problemática analizada se tiene que la SC 0429/2003-R de 2 de abril, aprobó la resolución dictada por el Tribunal de amparo el 24 de enero de 2003, que declaró procedente el recurso y dispuso que el recurrido se abstenga de seguir restringiendo, suprimiendo y amenazando suprimir los derechos de la actora, sancionándolo a resarcir los daños y perjuicios ocasionados a la recurrente (fs. 252 a 256).

    • recurso de amparo constitucional
    • I.3.1.
    • I.3.2. Por otra parte, ratificó la prueba presentada
    • I.5. El 12 de mayo de 2003, el recurrido observó la prueba ofrecida por la recurrente
    • I.6. El 29 de mayo
    • I.9. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • III.1
    • III.2
    • III.3
    • III.4
    • 1
    • III.5

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