Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1304/2003 - R
Fecha: 08-Sep-2003
II.1
II.1 Que, los recurrentes el 8 de julio de 2003 plantean la presente acción extraordinaria, aseverando en su otrosí primero que “aporta en calidad de pruebas pre-constituidas, copias legalizadas de fs. 742-766 vlta. del expediente principal, último cuerpo” (sic) (fs. 1-6); el Presidente del tribunal de amparo, emite el Auto de 09 de julio de 2003, en el que dispone que se presente el amparo el primer día hábil después de la vacación judicial y previo sorteo (fs. 7).