SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1338/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1338/2003- R

Fecha: 15-Sep-2003

a)

La Fiscal recurrida en audiencia informó: a)  que, el caso le fue asignado el 29 de julio de 2003, que el recurrente fue sorprendido agrediendo físicamente a una mujer recién operada y destruyendo su puesto de venta de hamburguesas, motivo por el que tuvieron que intervenir dos policías  para aprehenderlo y ponerlo a  disposición de la Fiscal de turno  Nilda Aguado quien “alegremente” dispuso su libertad “bajo garantía del sujeto” en contravención a lo dispuesto por los arts.  227 y 230 Código de Procedimiento Penal (CPP),  dado que sólo el Juez puede disponer la  libertad de la persona aprehendida; b) que, el recurrente sólo se apersonó a presentar su cédula de identidad, que posteriormente  no concurrió a la Fiscalía  y no se le pudo notificar con la imputación formal por el delito de lesiones  que pueden llegar a graves y c)  que el daño ha sido calculado en la suma de Bs150, y que ha cumplido con las normas  procesales y que ha dado aviso al Juez Cautelar.