SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1338/2003- R
Fecha: 15-Sep-2003
I.2.1
El recurrente mediante su abogado, ratificó los fundamentos de su demanda y los amplió indicando que el 27 de julio de 2003, tuvo un altercado en una venta de “salchipapas” y a consecuencia de ello fue detenido en la PTJ, que la Fiscal Aguado dispuso su libertad con la presentación de un garante y que el investigador le dijo que vuelva periódicamente para averiguar el estado de su denuncia y que hable con la fiscal recurrida, quien le indicó que debía prestar su declaración en presencia de su abogado, la misma que prestó en presencia de un procurador, pero revisado el cuaderno aparece la firma de un abogado. Que posteriormente le solicitó la devolución de su cédula pero se la negó indicándole que debía esperar a la supuesta víctima y hasta que sea necesario, a quien además la recurrida pretende que él sea quien la notifique, estando al presente bajo amenaza de que vuelva a detenerlo.