Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1354/2003-R
Fecha: 16-Sep-2003
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El recurrente se ratificó en su demanda, ampliándola al manifestar que la Resolución Ministerial 149 de 10 de abril de 2003, designó al SENAPE como entidad responsable de recibir los activos y pasivos de la unidad de reordenamiento y otorgó facultades necesarias para evitar que se interrumpa el desarrollo de las actividades de las entidades de liquidación de los entes gestores, pero no facultades ni atribuciones para rescindir su contrato de trabajo, teniendo en cuenta que recién por resolución 207 de 14 de mayo de 2003, se designó al Liquidador de los Entes Gestores con facultades procesales y de administración.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Javier Comboni Salinas y Dardo Gómez Lattus, Ministro de Hacienda y Director Nacional del Servicio Nacional de Patrimonio del Estado (SENAPE) y Liquidador de los Entes Gestores de la Seguridad Social
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- b)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- ex Unidad de Reordenamiento”.
- RM 149 de 10 de abril de 2003
- dependiente de la Unidad de Reordenamiento
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- APROBAR