SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1354/2003-R
Fecha: 16-Sep-2003
III.3.
III.3. Con relación a la supuesta falta de competencia y facultad del co-recurrido, Dardo Gómez Lattus, para comunicar al actor la conclusión extraordinaria del contrato, ello no es evidente, toda vez que lo hizo en su calidad de Director Nacional del SENAPE, como se infiere de la nota de 16 de abril de 2003 y en atención a la RM 149 de 10 de abril de 2003, por la cual se designó a la entidad a su cargo, como responsable de recibir los activos y pasivos de la Unidad de Reordenamiento, con facultades necesarias para evitar se interrumpa el normal desarrollo de las actividades de liquidación de los entes gestores, sin que la complementación contenida en la RM 207 de 14 de mayo de 2003, importe la carencia de facultades para rescindir el contrato por la causa señalada en el punto precedente de esta resolución.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Javier Comboni Salinas y Dardo Gómez Lattus, Ministro de Hacienda y Director Nacional del Servicio Nacional de Patrimonio del Estado (SENAPE) y Liquidador de los Entes Gestores de la Seguridad Social
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- b)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- ex Unidad de Reordenamiento”.
- RM 149 de 10 de abril de 2003
- dependiente de la Unidad de Reordenamiento
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- APROBAR