SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1367/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1367/2003-R

Fecha: 22-Sep-2003

III.5

III.5  El tribunal de alzada recurrido, al haber confirmado la sentencia negando en mérito a los argumentos sobre la existencia de una ilegal citación por cédula o inexistente citación a la empresa demandada, no ha vulnerado ningún derecho de la misma, por cuanto, conforme se ha sostenido en el punto que antecede, la citación por cédula a la entidad presuntamente agraviada, fue legal sin que por tal motivo pueda alegarse que la ex jueza recurrida, por la misma causa, haya incurrido en vulneración alguna respecto de los derechos y garantías señalados como vulnerados y de la forma como se ha presentado en el presente recurso.