SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1402/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1402/2003- R

Fecha: 29-Sep-2003

I.1.1 Hechos que motivan el recurso

Que, dentro de la tramitación de un proceso penal por el delito de estafa incoada por Maria Ivette Beatriz Harriegue Osorio en contra de  Gina Viveka Orlandini Agreda, de 23 de agosto de 2000, radicado en el Juzgado Quinto de Partido en lo Penal Liquidador, manifiesta que la querellada, después de plantear cuestión previa de falta de tipicidad y materia justiciable, de previo y especial pronunciamiento, solicitó la citación y emplazamiento de la querellante para el reconocimiento de sus firmas y rúbricas de los documentos de fs. 181 y 16 de obrados, rechazándose la petición por corresponder a la vía civil; considerando que dicho reconocimiento es un medio de prueba, que pudo ordenarse su peritaje grafológico, independientemente de que la querellante reconozca o no su firma, por memorial presentado en 14 de julio del año en curso, reiteró la cuestión previa de falta de tipicidad y materia justiciable de previo y especial pronunciamiento, mereciendo el auto de rechazo de 12 de julio de 2003; determinación que para la querellada constituye una ilegal negativa, que la referida petición de acuerdo al art. 171 del Código de Procedimiento Penal (CPP), puede ser satisfecha al utilizarse otros medios además de los previstos en ese libro; asimismo observa la actuación de la Fiscal adjunto en la emisión de sus requerimientos que son desfavorables a la petición de la imputada, al no advertir la vulneración del derecho de defensa que afecta a la querellada, y respaldar la conducta caprichosa, contraria a la ley de la Jueza recurrida.