SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1410/2003-R
Fecha: 26-Sep-2003
II.2.
II.2. La Sala Plena del Tribunal Supremo ordenó por Auto de 29 de enero de 2003, que el Juez de Partido Tercero en lo Penal de Santa Cruz, expida nuevo mandamiento de detención preventiva, en observancia del AS de 24 de enero de 2001 y haga conocer al recurrente la causa del pedido de extradición, en mérito a haberse librado uno anterior en forma defectuosa (fs. 4), siendo remitidos los antecedentes al despacho judicial a cargo de la recurrida, por decreto de 18 de marzo de 2003 emitido por la Presidencia de la Corte Superior de Santa Cruz, en mérito a que los antecedentes eran de su conocimiento, por la refuncionalización de los tribunales de justicia, como consecuencia de la implementación del nuevo sistema procesal (fs. 29).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1.
- debiendo la autoridad o persona a quien se confiere una comisión, sujetarse a su contenido expreso, siendo nulo todo acto distinto, al constituir usurpación.
- III.2.
- APROBAR