Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1433/2003-R
Fecha: 29-Sep-2003
III.3
III.3 Por otro lado, cuando el Juez recurrido dispuso se practique prueba pericial -incluso antes de dictar sentencia- éste designó como perito de oficio a la Empresa CHTAS, a cuyo efecto, el 19 de febrero de 2001 su representante legal prestó juramento de ley quedando legalmente posesionado. Momento ése, en el que la parte ahora recurrente no interpuso objeción alguna a la designación, pretendiendo a través del presente recurso subsanar su negligencia.