SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0018/2004-R
Fecha: 07-Ene-2004
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En la demanda presentada el 20 de septiembre de 2003 (fs. 42 a 44), la recurrente manifiesta que por Resolución Municipal 02/2003 de 28 de enero, fue designada Alcaldesa Municipal de la ciudad de Oruro, en virtud a que el Alcalde Titular Edgar Bazán Ortega fue suspendido por existir en su contra un Auto Final de procesamiento ejecutoriado, funciones que desempeñó con normalidad hasta que mediante Resolución de 18 de septiembre, el Concejo Municipal de Oruro abrogó la Resolución 02/2003 y designó en su lugar a Jaime Cuentas Yánez.
Afirma que lo acontecido vulnera la previsión de los arts. 201.II, 50 y 51 de la Constitución Política del Estado (CPE), así como la previsión de los arts. 48 y 49 de la Ley de Municipalidades (LM) que establecen los casos en que un Alcalde puede ser suspendido temporal o definitivamente de su cargo; normas que al no haber sido observadas ponen en peligro la estabilidad institucional de la gestión municipal.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1
- sin que tal punto hubiera estado señalado en el orden del día y menos consignado en la convocatoria emitida para esa sesión
- III.2
- 1. APROBAR en parte la