Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0038/2004-R
Fecha: 15-Ene-2004
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 3 de octubre de 2003, cursante de fs. 32 a 34, pronunciada por la Sala Civil, Comercial y Familiar de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, en el recurso de amparo constitucional interpuesto por María Luisa Moller Lizarazu contra Evelyn Derpic de Auza, alegando la vulneración de sus derechos a la vivienda, a la vida, a la salud, a la seguridad, a la educación y cultura, al trabajo y a la propiedad privada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación del recurso
- I.2.2. Informe de la persona recurrida
- procedente
- c)
- d)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- “deben guardar relación con el hecho motivante del recurso, o lo que es lo mismo, la prueba debe demostrar que los hechos supuestamente ilegales ocurrieron
- III.2.
- REVOCAR