Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0049/2004-R
Fecha: 14-Ene-2004
II.5
II.5 A través del oficio de 16 de junio de 2003, la autoridad recurrida comunica al Superintendente del Servicio Civil que, respecto al cumplimiento de la Resolución Administrativa SSC/IRJ/024/2003, momentáneamente no es posible por no existir ítem disponible, pero una vez que esta situación sea salvada, se procederá a la reincorporación de la actora (fs. 48).