Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0121/2004-R
Fecha: 28-Ene-2004
II.4
II.4 El 6 de octubre de 2003, la ahora recurrente apersonándose ante el Juez recurrido solicitó el desecuestro del motorizado, en razón a ser un bien ganancial y corresponderle el 50%, el vehículo no podía ser secuestrado en su totalidad (fs. 30), con dicho incidente planteado, el 6 de octubre de 2003, el Juez recurrido corrió en traslado (fs. 31).