AUTO CONSTITUCIONAL 0089/2004-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0089/2004-ECA

Fecha: 18-Oct-2004

I.1.

I.1.   Habiéndose señalado en la Sentencia la necesidad de integrar las previsiones de los arts. 16, 17 y 18 Código civil (CC) a la normativa constitucional para efectos de preservar los derechos aludidos en el nomen juris, teniendo en cuenta que es necesario esclarecer los alcances de este novísimo recurso, se indique cuáles serían los artículos constitucionales actuales o norma sustantiva aplicable en el caso de una petición de resguardo de derechos tramitada bajo la tutela del art. 23 de la Ley Fundamental.