rechazó el incidente
Con la respuesta de la parte contraria, Juvenal López Rocha, Juez Tercero de Partido de Sentencia de El Alto, por Resolución 195/2004 de 13 de septiembre de 2004, rechazó el incidente en consideración a que: 1º no se encuentran los elementos materiales o sustantivos que sean conducentes para sustentar que la resolución tachada de inconstitucional, tenga signos o componentes de vulneración a la previsión contenida en los arts. 200.II y 201.I de la CPE, referida a la potestad normativa otorgada a los entes municipales en el marco de la autonomía municipal; 2º la resolución impugnada- prima facie- bajo los argumentos esgrimidos por la parte que suscita el recurso, encuentran su limitación cuando hacen referencia a la vulneración del procedimiento establecido en el art. 16.I-IV de la Ley 2028, en consecuencia, el recurso incidental de inconstitucionalidad resulta siendo un mecanismo inapropiado para impugnar la Resolución HCMC/10/2003, como equivocadamente se pretende, y 3º aquella circunstancia referida a que la resolución cuestionada fue sometida a un reconocimiento pericial en la sustanciación de la etapa preparatoria en la denuncia incoada por Genara Rosario Ticona y el consiguiente pronunciamiento de sobreseimiento definitivo, legitima la aptitud exigida para acceder a la competencia del juez de sentencia, habida cuenta que el acto lesivo a la Constitución, al dejar de ser manifiesto, no vulnera los derechos o garantías fundamentales Resolución que en cumplimiento a lo dispuesto por el art. 62-1) de la Ley 1836, del Tribunal Constitucional (LTC), fue elevada en consulta ante este Tribunal.
- Juvenal López Rocha, Juez Tercero de Partido de Sentencia de El Alto,
- Resolución HCMC/10/2003 de 7 de mayo de 2003
- I.2.1. Respuesta al recurso
- rechazó el incidente
- II.2. Cumplimiento de requisitos
- la existencia de una duda razonable y fundada sobre la constitucionalidad de la disposición legal
- carezca en absoluto de contenido jurídico-constitucional
- APRUEBA
