SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0108/2004
Fecha: 04-Oct-2004
b)
b) Asevera que en el proceso ordinario civil antedicho, el cargo de fs. 434 vta. demuestra que la fecha del sorteo de la causa es el 14 de enero de 2004, lo que está refrendado por la Ministra Presidenta de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia y Relatora del proyecto de Resolución y la Secretaria de Cámara. En observancia de los arts. 278 del Código de procedimiento civil (CPC) y 77 de la Ley de Organización Judicial (LOJ), se convocó para formar Sala al ministro Jaime Ampuero García, y con el número requerido de votos, se firmó el Auto supremo 36, el 18 de febrero de 2004, es decir, pasados los 30 días de plazo señalados en el art. 204.II del CPC, articulado que establece el plazo de treinta días para emitir autos de casación, computables desde la fecha de sorteo del expediente, la inobservancia de esa norma -expresa- vulnera su derecho a la seguridad jurídica y la garantía del debido proceso.
b) La Ministra Relatora presentó su proyecto de resolución el 22 de enero de 2004, que fue apoyado por Kenny Prieto, pero como tal proyecto estaba por la casación se requerían tres votos conformes, por lo que en observancia del art. 278 del CPC, se convocó a Jaime Ampuero García que fue notificado con la convocatoria el 10 de febrero de 2004, es decir, dentro de los treinta días que tenía la Relatora para presentar su proyecto.