SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1611/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1611/2004-R

Fecha: 06-Oct-2004

III.3.

III.3. Encontrándose el representado del recurrente detenido en virtud al mandamiento de condena que fuera expedido, corresponde señalar que a través del amparo constitucional no es posible disponer su libertad, pues éste es un derecho que se encuentra tutelado por el hábeas corpus, por lo que para tal efecto deberá acudir ante la autoridad jurisdiccional competente. Así las SSCC 1790/2003-R, 1413/2002-R y 915/2001-R, entre otras.