SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1633/2004-R
Fecha: 11-Oct-2004
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
La recurrente en el escrito de 26 de julio de 2004 (fs. 15 a 17 vta.), manifiesta que el pasado 5 de abril en cercanías de la localidad de Caquiaviri, funcionarios del Control Operativo Aduanero (COA) interceptaron el camión placa 1085 - DBA transportando mercadería, siendo luego escoltado a almacenes aduaneros, supuestamente por infracción a la Ley General de Aduanas, dando lugar a la apertura del caso denominado “Sin Factura”.
Explica que la mercadería comprende pañales desechables, productos Royal, shampoo y otros de su propiedad y la de sus representadas y cuenta con documentos que acreditan su legal compra (facturas 000112, 000111 y 000113) extendidos por la empresa “Charaña Ltda.”, cuyos originales se presentaron al Fiscal recurrido. Asimismo, otra mercadería de la que es dueña, consistente en pañales, chocolates y cajas de picnic, cuentan con las respectivas pólizas de importación 2421232-1 y 2421281-3 entregadas en su oportunidad a los funcionarios del COA; empero, hasta la fecha tanto la mercadería como el vehículo continúan decomisados, pese a que por memorial de 8 de abril pidieron su devolución, sin que se les haya hecho caso ni emitido los informes técnicos, no obstante que el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) avaló la legalidad de las facturas.