SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1633/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1633/2004-R

Fecha: 11-Oct-2004

III.4.

III.4. Respecto a que los bienes comisados se encuentran próximos a expirar, razón por la cual la recurrente solicita una tutela inmediata, se tiene que el art. 192 del CTB establece que cuando las medidas cautelares recayeren sobre mercancías de difícil conservación, acelerada depreciación tecnológica, o desactualización por moda o temporada, consumibles o perecederas, en la etapa preparatoria o de juicio, el juez instructor o el tribunal de sentencia en materia tributaria, respectivamente, a petición de parte deberá disponer su venta inmediata en subasta pública dentro las veinticuatro horas aún sin consentimiento del propietario. Pues bien, ante tal eventualidad, la recurrente puede igualmente acudir ante la indicada autoridad judicial en resguardo de su mercadería que según afirma se encuentra próxima a perecer a objeto de que se tomen las medidas pertinentes para evitar se produzca el daño que teme, haciendo uso de este medio legal que como se vio es también inmediato.