SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1649/2004-R
Fecha: 11-Oct-2004
improcedente
Concluida la audiencia, a través de la Sentencia 63/2004 de 31 de agosto, cursante de fs. 125 a 126 vta. de obrados el Juez de hábeas corpus declaró improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: a) el actor no cambió de identidad para los diferentes actos de su quehacer personal, sin embargo ese extremo debe ser compulsado y valorado por el Tribunal de Sentencia donde se encuentra radicada la causa, sin que se pueda a través del hábeas corpus disponer la nulidad de obrados solicitada por el recurrente, existiendo para ello las instancias legales competentes; b) el recurrente se encuentra en estado de libertad siendo objeto de aplicación de medidas cautelares, y aunque se advierta su inocencia respecto de los hechos acusados, no es éste el medio idóneo para disponer la nulidad de lo actuado en la investigación hasta la presentación de la acusación.