SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1667/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1667/2004-R

Fecha: 14-Oct-2004

II.2.

II.2.     Emitido el informe en conclusiones dentro del citado proceso, se dictó la RA 70/2004 de 13 de mayo, por la que se resolvió sancionar al recurrente con la demolición de construcciones realizadas al margen del patrón de asentamiento H4P y usos complementarios, para cuyo efecto se le otorgaba cuarenta y ocho horas improrrogables; bajo prevención de que si no se cumplía dicha sanción, el Gobierno Municipal de La Paz, procedería a la demolición. Finalmente se resolvió no dar curso a los trámites que se solicitaran sobre el predio objeto de la sanción mientras no se cumpla la Resolución, de cuya ejecución se dispuso se encarguen la Sub-Alcaldía de la Zona Sur-Distrito 5 (fs. 65-67). Con dicha Resolución, se notificó personalmente al recurrente en la misma fecha de su emisión, pero al no haber éste presentado ningún recurso, se la declaró ejecutoriada por Auto de Ejecutoria 02/04 de 21 de mayo (fs. 68, 70), que también fue notificado al recurrente el 21 del mismo mes y año, pues como prueba de cargo presenta copia el citado Auto (fs. 19, 69).