SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1672/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1672/2004-R

Fecha: 13-Oct-2004

improcedente

La Resolución 388/2004, de 13 de agosto, pronunciada por la Jueza Segunda de Sentencia, declaró improcedente el recurso con los fundamentos siguientes: 1) la Resolución dictada por la autoridad recurrida se encuentra conforme señalan los arts. 235.3) ter (Sic.) de la Ley de Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (LSNSC) y 236 del CPP, quien dispuso la detención preventiva de los imputados, mediante Auto fundamentado en base a la imputación formal presentada por el Fiscal el 27 de marzo de 2004; 2) la Resolución dictada por la autoridad co-recurrida, si bien ha sido confirmada por la Corte Superior; sin embargo, no ha dado curso al ofrecimiento y producción de pruebas testificales ofrecidas por los recurrentes, cuando, por el contrario, de acuerdo con las sentencias dictadas por el Tribunal Constitucional para la cesación de la detención preventiva se tiene la posibilidad de ofrecer y producir todos aquellos medios que le permitan predicar al solicitante la existencia de nuevos elementos de juicio, que demuestren la inconcurrencia de los motivos que fundaron la medida dispuesta, por lo que corresponde a dicha autoridad atender la solicitud de producción de prueba para la cesación de la detención preventiva de los representados, toda vez que la Resolución dictada en este caso no causa estado.