Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1673/2004-R
Fecha: 14-Oct-2004
II.5.
II.5. Presentada la acusación y radicado el caso ante el Tribunal Tercero de Sentencia, en la audiencia del juicio oral de 1 de marzo de 2004, el imputado planteó excepción de incompetencia, por lo que el Tribunal declinó competencia, ordenando se remita obrados ante el Tribunal competente de la ciudad de Oruro, arguyendo que el imputado demostró que tiene su domicilio y trabaja en Oruro, que el supuesto delito y las pruebas materiales del mismo fue cometido y se encuentran en esa ciudad (fs. 119 a 125).