Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1715/2004-R
Fecha: 25-Oct-2004
II.6.
II.6. El 10 de mayo de 2004, el Tribunal Nacional de Disciplina, emitió Resolución y revocando la revisada sancionó al recurrente por la comisión de las faltas previstas en el art. 107.4. y 7. y 108.5 de la LOMP, sancionándolo con la sanción estipulada en el art. 109.2 de la LOMP, con dos meses de suspensión del cargo sin goce de haberes (fs. 75 y 76).