SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1724/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1724/2004-R

Fecha: 27-Oct-2004

improcedente

Por Resolución 40/2004 cursante de fs. 79 a 80, el Tribunal de amparo declaró improcedente el recurso, sin costas por ser excusable, con los siguientes fundamentos: a) estableciendo la relación de comparación de fechas se tiene que a la fecha de la nota impugnada dirigida al Directorio de MUSEPOL, éste cesó en sus funciones; b) los directivos de MUSEPOL aceptan y reconocen al recurrido como Presidente de la Asamblea Ordinaria de Socios, aspecto que condice con la norma contenida en el art. 34 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional (LOPN); c) los recurrentes presentaron un recurso directo de nulidad ante el Tribunal Constitucional, dicho recurso fue presentado por el recurrente Tito E. Santelices Velásquez contra el ahora recurrido, personas que son las mismas que intervienen en el presente amparo, el primero como recurrente y el segundo como recurrido. El expediente del recurso directo de nulidad tiene el número 2004-9625-20-RDN presentado el 11 de agosto de 2004 a horas 15:03, lo que significa que a la fecha de la realización de la audiencia del presente amparo, ya existía el recurso directo de nulidad, consiguientemente, existe un recurso pendiente de Resolución sobre el mismo problema; d) el oficio 159/04 del que deviene el presente recurso de amparo, en su contenido no realizó limitación alguna a los derechos reclamados por los recurrentes; a contrario sensu, como dice la nota, la actuación de la autoridad recurrida está dirigida a precautelar el acervo patrimonial de MUSEPOL; e) por la fecha de cesación del actual Directorio de MUSEPOL, 26 de julio de 2004, los ahora recurrentes no tienen legitimación activa para interponer el presente recurso de amparo; situaciones éstas que hacen inviable el presente recurso.