SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 1742/2004-R
Fecha: 29-Oct-2004
procedente
La Sentencia de fs. 294 a 296, pronunciada el 12 de agosto de 2004 declaró procedente en parte el recurso disponiendo que la Alcaldesa Municipal a tercero día emita el informe solicitado por el Concejo Municipal dentro del recurso de reconsideración de la Resolución Municipal 3925/2004, para que en el plazo de diez días el ente deliberante emita la Resolución correspondiente. En cuanto a los otros puntos demandados se declaró sin competencia para conocerlos. Los argumentos del fallo son los siguientes: a) los derechos a la petición y a la seguridad jurídica deben ser celosamente cumplidos por las autoridades municipales de acuerdo a la Ley de Municipalidades y sus Reglamentos; b) la reconsideración de la Resolución Municipal 3925/2004 debe ser oportuna dentro de los plazos que las disposiciones municipales indican.