SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0124/2004
Fecha: 04-Nov-2004
I.1.2. Trámite procesal del incidente y Resolución del Juez
El Juez en el mismo Auto de 28 de julio de 2004 (fs. 23 y vta.), corrió traslado al apoderado de la ejecutante, quien respondió por memorial presentado el 12 de agosto de 2004 (fs. 25) en el que se opuso al recurso promovido por el Juez aduciendo que el art. 124.IV del CPC permite incluso en procesos ejecutivos la designación de defensor de oficio para el declarado rebelde, situación que también está implícita en los parágrafos III y IV del art. 509 del señalado Código, si así lo viera conveniente su autoridad a efectos de no dilatar más aún el cobro de las sumas de dinero adeudadas por Raúl Romero Guerra, por lo que no tenía óbice para que se designe defensor de oficio que represente al ejecutado en el proceso ejecutivo referido.
- recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- I.1.1. Relación sintética del recurso
- a)
- b)
- d)
- I.1.2. Trámite procesal del incidente y Resolución del Juez
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- “
- tenga que ser aplicada a la decisión final del proceso;
- cuando el mismo no será aplicado en la sentencia que vaya a adoptarse en el proceso ejecutivo del que emerge este incidente
- DECLARA INFUNDADO