SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1815/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1815/2004-R

Fecha: 23-Nov-2004

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

En el memorial presentado el 11 de octubre de 2004 (fs. 1 a 3), el recurrente aduce que no obstante que fue detenido por segunda vez ante su imposibilidad de cumplir con la asistencia familiar que adeuda como efecto del proceso de divorcio que le siguió Cristina Mejía Rodríguez, y que solicitó su libertad una vez que permaneció detenido por seis meses, la Jueza recurrida rechazó dicha solicitud con el argumento de que por segunda vez no existe el beneficio de libertad, vulnerando el art. 11.I) de la Ley de abolición de prisión y apremio corporal por obligaciones patrimoniales (LAPACOP) que establece que el apremio en materia familiar no puede exceder el plazo máximo de seis meses, vencido el cual el detenido será puesto en libertad sin necesidad de constituir fianza. Refiere que en ese sentido se ha pronunciado la jurisprudencia del Tribunal Constitucional citando al efecto las SSCC 173/2000-R, 260/2000-R, 234/2001-R, 307/2001-R.

Expresa que la autoridad demandada no consideró que el apremio corporal aún en materia alimentaria, atenta contra garantías procesales fundamentales, ya que cualquier imputado por grave que sea el delito que se le atribuya tiene derecho a una serie de garantías procesales conocidas como medidas cautelares, en tanto que el detenido en materia de asistencia familiar no goza de ninguna de estas garantías, a pesar de no haber cometido delito alguno, por lo que no puede condenarse a cadena perpetua al negársele la libertad, sanción que no está instituida en el ordenamiento jurídico nacional.