SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1838/2004-R
Fecha: 30-Nov-2004
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Sus representados fueron detenidos el 26 de octubre de 2004 a horas 17:00 mas o menos, en circunstancias en que se encontraban en el domicilio de Rolando Peña, el que fue allanado por Sergio Beimar Arce del Castillo, presentándose luego efectivos de Radio Patrulla 110 que los condujeron a celdas de la Policía Técnica Judicial (PTJ), y al promediar las 18:00 horas, el recurrido dispuso mediante requerimiento su “arresto” (sic.), fijando audiencia para tomarles su declaración informativa recién después de dieciséis horas, ignorando el mandato de las normas previstas por el art. 225 del Código de procedimiento penal (CPP), que dispone que el arresto no deberá ser por más de ocho horas, vulnerando así sus derechos y garantías constitucionales, consagrados por los preceptos de los arts. 6, 7 inc. a), 11 y 16 de la CPE, y protegidos también por convenciones y tratados internacionales como el Pacto de San José de Costa Rica