SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1848/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1848/2004-R

Fecha: 03-Dic-2004

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

         La recurrente alega que el Juez recurrido por el lapso de más de tres años no ha considerado su  solicitud del beneficio del perdón judicial, no obstante de que debe ser tramitado en forma sumarísima, vulnerando con dicha omisión su derecho a la libertad y la garantía del debido proceso. Corresponde analizar si dicha problemática se encuentra dentro de la protección que brinda el hábeas corpus para en su caso negar u otorgar la tutela demandada.