Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1862/2004-R
Fecha: 07-Dic-2004
III.2.
III.2. Por otra parte, el actor afirma que al emitirse la Resolución que impugna, los recurridos obraron sin competencia e incurrieron en la previsión del art. 31 de la CPE, referido a la declaración de nulidad de resoluciones o actos de las autoridades que obran sin competencia en cuyo resguardo se ha establecido el recurso directo de nulidad previsto por la Constitución y la Ley del Tribunal Constitucional.