SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1905/2004-R
Fecha: 13-Dic-2004
a)
La autoridad recurrida a través de su abogado, adjuntando el informe de fs. 70 a 72, señala lo que sigue: a) en respuesta al reclamo de la recurrente, el Director Nacional del INRA le aclaró que el INRA solamente cuenta con 88 ítems, de los cuales ninguno fue suprimido y le hizo recuerdo a la recurrente que su contratación fue como funcionaria eventual, por lo que mal podía mencionar que su ítem había sido suprimido, por otro lado, su no recontratación se debe a una decisión institucional, a fin de dar cumplimiento al Decreto Supremo (DS) 27327; b) el Director Departamental de Trabajo, mediante nota de 17 de junio de 2004, le instruyó la inmediata reincorporación de la recurrente a su fuente de trabajo y la dotación de subsidios, respecto a la cual se contestó que la recurrente prestaba servicios como personal eventual; además, que se le había cancelado a la recurrente todos sus honorarios por los servicios prestados, por lo que no existía obligación pendiente alguna; c) por otro lado, la ahora recurrente tiene a su cónyuge, padre de su hija recién nacida, que presta sus servicios en la Dirección Departamental del INRA que esta a su cargo, por lo que de disponerse su reincorporación, se haría latente la incompatibilidad prevista en el art. 11.II del Estatuto del Funcionario público; por lo que solicita se declare improcedente el presente recurso, con costas.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Toda mujer en periodo de gestación hasta un año del nacimiento del hijo, gozará de inamovilidad en su puesto de trabajo en instituciones públicas y privadas.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- APRUEBA