SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1935/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1935/2004-R

Fecha: 16-Dic-2004

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

El recurrente en el escrito de 27 de julio de 2004 (fs. 27 a 29), manifiesta que su representado en julio de 2002 formalizó denuncia por el robo de su vehículo, marca Volvo F.7, placa 1184 ULX, motor TD170G644156761, chasis YV2LO7GADEA26416, abriéndose el caso 547/02 actualmente bajo la dirección del fiscal Raúl Lazcano Murillo; siendo que después de veinte meses, en marzo de 2004, apareció el motorizado con motor y chasis adulterado, presumiéndose como autores del remarcado a Félix Ramírez Limachi y otra, los que en febrero de este año lo internaron a la Aduana para su nacionalización, remitiéndose los antecedentes a DIPROVE de El Alto para la elaboración de las diligencias de policía judicial, abriéndose el caso 077/04 bajo la dirección del Fiscal recurrido, a quien su mandante pidió el secuestro del motorizado según requerimiento de 14 de junio de 2004 del Fiscal de Cochabamba, sin embargo, luego de su entrevista voluntaria, se dispuso detención pese a ser la víctima, por el capricho y tozudez de los encargados de las diligencias.

Indica que el 20 de julio de 2004, el Fiscal de DIPROVE de Cochabamba emitió otro requerimiento, con el cual se apersonó para tramitar la remisión de obrados y el motorizado a la “jurisdicción mayor”, vale decir a Cochabamba, al caso 547/02; empero, el Fiscal de El Alto, indicó que “ningún Fiscal Adjunto podría ordenarle, pues él es Fiscal de Materia…”, por lo que al verificar que el requerimiento no prosperaría se entrevistó con el Director de DIPROVE, quien haciendo gala de su investidura indicó que el caso debía concluir en El Alto, por lo que las autoridades recurridas no sólo que se resisten a cumplir lo requerido, sino que violan los arts. 16 de la Ley Orgánica del Ministerio Público y 122 del Código de procedimiento penal (CPP), pese a haber demostrado que en materia penal la jurisdicción mayor y más antigua arrastra a las menores.