SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1936/2004-R
Fecha: 16-Dic-2004
II.4.
II.4. El 3 de marzo de 2004, la imputada interpuso hábeas corpus cuya improcedencia fue revocada y declarado procedente el recurso mediante la SC 0563/2004-R, de 13 de abril, ordenando a los jueces recurridos dicten el auto de detención preventiva observando lo establecido por los arts. 233, 235 y 236 del CPP, sin disponer la libertad de Luisa Laura Terrazas (imputada). En cumplimiento al fallo constitucional el Tribunal de Sentencia dictó el Auto de 21 de mayo de 2004, fundamentando la detención preventiva de la imputada, Resolución confirmada en apelación a través del Auto de 31 de mayo del año en curso dictado por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba (fs. 1 y vta. y 2 a 4).