Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1937/2004-R
Fecha: 17-Dic-2004
III.3.
III.3. Finalmente, en cuanto a las peticiones formuladas al Presidente del Concejo Municipal de El Alto y a la Oficial Mayor de Administración y Finanzas del referido Municipio, este Tribunal no puede realizar un análisis de los hechos denunciados toda vez que las referidas autoridades no han sido demandadas a través del presente recurso, puesto que de hacerlo se lesionaría el derecho fundamental a su defensa.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III.1. a) Con referencia a la suspensión del recurrente
- o emitido las acciones de personal
- III.2. Sobre el proceso administrativo interno
- III.3.