SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1942/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1942/2004-R

Fecha: 16-Dic-2004

improcedente

Por Sentencia 15/2004 cursante de fs. 40 a 42 vta., el Tribunal de hábeas corpus de acuerdo al requerimiento fiscal declaró improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: 1) no procede el hábeas corpus al tratarse de una intervención policial directa a consecuencia de un mandamiento de allanamiento de domicilio en el que sorprendieron a sus moradores en presuntas actividades ilícitas, situación que por disposición del art. 10 de la CPE libera de las formalidades legales; 2) en la consideración del delito flagrante se debe tomar en cuenta la concurrencia de tres requisitos: a) la inmediatez temporal, que el delito esté por cometerse, se esté cometiendo a que acabe de cometer; b) inmediatez personal, que el imputado se encuentre en el lugar del hecho o en sus aledaños, y, c) urgencia o exigencia de que la policía no puede recabar del juzgado pertinente autorización o cumplir las formalidades para limitar el derecho; 3) en el caso, no corresponde la aplicación del art. 181 del CPP, sino del 303 del mismo cuerpo legal; la aprehensión se cumplió inmediatamente después del registro del domicilio donde fue encontrada la droga, situación distinta a la señalada en el art. 181 del CPP; 4) el art. 73 del CPP no es una exigencia para el caso de la flagrancia, encontrándose justificada la actuación de la Fiscal recurrida, no siendo pertinente al caso la jurisprudencia adjuntada por el recurrente.