SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1965/2004-R
Fecha: 17-Dic-2004
I.2.1. Ratificación del recurso
El recurrente ratificó y reiteró los términos de su demanda aclarando que por excesivo celo funcionario el recurrido se niega a ponerlo en libertad debido a que tiene un otro proceso penal en el que fue favorecido con medidas sustitutivas a la detención preventiva, que era de conocimiento del recurrido y pese ha haber presentado el certificado exigido no da lugar a su libertad, por lo que se ha visto obligado a interponer el presente recurso.
Con el derecho a la dúplica, el recurrente señaló que conforme a los antecedentes que cursan en obrados ese día en horas de la mañana se verificó la audiencia de revocatoria de medidas cautelares en el otro proceso que se sigue en su contra, donde el Tribunal ordenó la revocatoria del mandamiento de libertad haciendo constar que tenía tres días para apelar de la determinación, por lo que al presente no corresponde todavía librarse ningún mandamiento de detención preventiva, pidiendo en consecuencia la procedencia del recurso y se disponga su inmediata libertad.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- procedente parcialmente
- I.2.4. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- “[...]el Gobernador de Chonchocoro,
- III.2.
- procedente