AUTO CONSTITUCIONAL 0008/2004- CDP
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0008/2004- CDP

Fecha: 20-Feb-2004

I.3.

I.3.     Ante el memorial presentado el 23 de enero de 2004 por el apoderado, en sentido de que se mantenga el domicilio señalado por la recurrida en el domicilio de su abogado y se remita el expediente a este Tribunal, el Juez del recurso, dictó la resolución venida en revisión confirmando el Auto de fs. 70 vta. -referido a los honorarios- y la planilla de costas de fs. 70 de obrados, notificándose con esa decisión a la recurrida en tablero  (fs. 97 vta., 98).