Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0152/2004-R
Fecha: 04-Feb-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes interponen recurso de amparo constitucional, con el argumento de que los recurridos, al pronunciar la Resolución 006/2003, por la que se los suspende por un año de la militancia de su Partido Político, han vulnerado sus derechos al debido proceso, a la justicia oportuna, a la dignidad, al respeto, a la imagen personal y al honor, al no haber resuelto tampoco, pese a su innumerables solicitudes, el recurso de apelación interpuesto contra la referida resolución, por lo que corresponde analizar en revisión, si son evidentes los actos denunciados y si se hallan dentro de la protección que consagra el art. 19 de la Constitución Política del Estado (CPE).