SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0174/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0174/2004-R

Fecha: 04-Feb-2004

I.2.1

El  abogado del  recurrente  ratifica los términos del recurso planteado y añade que los Autos, tanto del Juez de Instrucción como del de Partido pronunciados la primera vez que opuso la excepción de extinción de la acción penal, fueron rechazándola en mérito a la prueba que adjuntó. Sin embargo en el caso presente este amparo constitucional ha sido interpuesto porque nuevamente se ha rechazado la prescripción no obstante de que ésta se ha operado, además de que nadie puede ser juzgado por un delito que no se encuentre tipificado como tal, ya que su defendido no ha ejercido indebidamente la profesión.