SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0189/2004 - R
Fecha: 09-Feb-2004
II.2.
II.2. Dicho fallo motivó que el demandante la impugnara planteando recurso de apelación, en el que solicitó se revoque la Sentencia y se declare probada la demanda (fs. 5-10). Este recurso fue resuelto por el recurrido, mediante Auto de Vista 68/2003 de 16 de septiembre, a través del que: “... se ANULA obrados hasta el vicio más antiguo, o sea valoración de pruebas y aplicación de los Arts., correspondientes.” (fs. 108); decisión que fue complementada, en sentido de que si bien no se indicó la foja hasta la que se anuló obrados, se debía tener en cuenta que se aludió las fojas de las pruebas que corren en obrados desde fs. 41 y que se encuentran dispersas pero señaladas por una parte, por otra de que el juez o tribunal de apelación aún de oficio puede anular obrados hasta el vicio más antiguo si nota que el Juez de instancia incurrió en error de hecho o de derecho (fs. 109).