SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0226/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0226/2004-R

Fecha: 16-Feb-2004

III.4

III.4 Cabe advertir, por otra parte, que la jurisprudencia constitucional en la que se funda el recurrente, está sustentada en elementos fácticos distintos a los que se analizan en este recurso, por lo que no resulta aplicable al caso de autos. Al respecto la jurisprudencia constitucional contenida en la SC 58/2002-R ha establecido que las “Sentencias que por ser vinculantes, tienen el valor de precedente para casos futuros análogos”, y Auto Constitucional (AC) 36/2003-ECA que indica: “Respecto a la vinculatoriedad  de las autoridades judiciales se da en situaciones similares, de las rationes dicidendi o fundamentos que son decisivos y relevantes del fallo (...) (las negrillas son nuestras).