Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0230/2004-R
Fecha: 17-Feb-2004
II.5.
II.5. El 12 de noviembre de 2002 (fs. 323), el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal libró Mandamiento de detención formal en contra del recurrente; empero el 20 de noviembre del mismo año (fs. 323 vta.) la oficial de diligencias del juzgado representó que en mérito a la Resolución 312/2001 se dispuso que el imputado asuma defensa en “libertad provisional” y que estaba gozando de ese beneficio.