SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0250/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0250/2004-R

Fecha: 20-Feb-2004

improcedente

La Resolución de 17 de enero de 2004 (fs. 37 vta. a 39), declaró improcedente el recurso, con el fundamento de que no se evidenciaba restricción ni vulneración de los derechos del recurrente a la libertad y a la presunción de inocencia, al contrario, se constató que el Juez recurrido dispuso la detención preventiva del recurrente cumpliendo con la previsión del art. 233 CPP

En consecuencia, como quiera que la autoridad recurrida no ha cometido ningún acto u omisión ilegal o indebida ni ha vulnerado el derecho a la libertad del recurrente haciendo inviable la otorgación de la tutela solicitada, por lo que el Tribunal de hábeas corpus, al haber declarado improcedente el recurso, ha valorado correctamente los hechos y los alcances del art. 18 CPE.