Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0256/2004-R
Fecha: 19-Feb-2004
III.3.
III.3. El art. 119-a) L1008, aplicable al caso, señala que la Sentencia de primera instancia, además de los requisitos exigidos por el art. 242 del Código de procedimiento penal de 1072 (CPP.1972) deberá determinar la situación de los bienes, valores, acciones incautados tanto a procesados como a terceros, ordenando su remate en pública subasta salvo los casos en que el Estado les asigne un fin social.