carece en absoluto de contenido jurídico-constitucional que justifique una decisión sobre el fondo.
Asimismo, los argumentos respecto a la mala interpretación del art. 238 CPP, que ha dado lugar a que dicha autoridad judicial cometiera una serie de atropellos en la aplicación objetiva de la ley, interpretación incorrecta que incluso ha vulnerado el art.86 CPP, no corresponden al recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, por lo que el presente recurso carece en absoluto de contenido jurídico-constitucional que justifique una decisión sobre el fondo.
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta al recurso
- rechaza el incidente
- ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos
- inconstitucionalidad de la interpretación de la Jueza sobre los arts. 238 y 86 del CPP
- carece en absoluto de contenido jurídico-constitucional que justifique una decisión sobre el fondo.
- APRUEBA
